📍 Cámara: Cámara de Diputadas y Diputados (primer trámite constitucional)

📋 Boletín: 17847-15

⏱️ Estado actual (al 15/05/2026): En tramitación. Ingresado el 10/09/2025, el proyecto fue asignado a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones como comisión principal, y a la Comisión de Economía como segunda comisión técnica. Se encuentra en elaboración del primer informe. Sin urgencia asignada.

⚙️ Obligaciones principales para empresas:

  • Instalar dispositivos alcoholímetros antiarranque en todos los buses de transporte privado de pasajeros.
  • Los conductores están obligados a usar el dispositivo antes de cada arranque y después de paradas superiores a 30 minutos.
  • Los dispositivos deberán cumplir las características técnicas que fije el reglamento del MTT.
  • Infracción: multa de 10 a 100 UTM por vehículo.

💡 Impacto operativo: Alto. Requiere inversión en equipos homologados por el MTT para toda la flota; coordinación con proveedores de dispositivos; actualización de protocolos operacionales.

📌 Diferencia clave con Ley Alberto: La Ley Alberto obliga a las empresas a realizar controles periódicos de alcohol/drogas a sus conductores (mínimo 2 veces al año, en terminales). Este proyecto obliga a instalar un dispositivo físico en cada bus que bloquea el arranque si detecta alcohol. Son obligaciones distintas y acumulables.