FENABUS participa en mesa con Dirección del Trabajo: Jornadas Laborales Excepcionales en el transporte de pasajeros.
En el ámbito del transporte de pasajeros privado e industrial, las jornadas excepcionales afectan el horario laboral de los conductores y trabajadores del sector.
En algunos países, como Chile, la Dirección del Trabajo u organismos similares pueden regular estas jornadas, estableciendo condiciones específicas para su aplicación, sin embargo, es indispensable el conocimiento adecuado de las operaciones de la industria.
La normativa a tratar es el Decreto Nº48 de la Dirección del Trabajo, donde FENABUS y sus asesores, participan de una mesa de discusión donde se analiza y discute estos cambios normativos, que determinan los límites y parámetros de distribución de los sistemas excepcionales de jornadas de trabajo y descanso según lo establecido en el artículo Nº38 del Código del Trabajo.