Nueva Normativa en Viajes en Buses Interurbanos: Control de Equipaje
Se adjunta la Circular N°566/2024 SRM-RM en la cual se informa respecto a la obligatoriedad de consignar en el comprobante que se entrega al pasajero por cada bulto transportado en viajes, el nombre del pasajero y el número de asiento en el que este se traslada.
A su vez, para viajes de más de cinco horas de duración, se debe incluir en la nómina de pasajeros el nombre, número de asiento y el número de comprobante de cada bulto. Se indica el formato para ello.
Viajes de menos de 5 horas
Viajes de más de 5 horas